El Gobierno aprobó el pasado 20 de junio varios anteproyectos de ley para configurar la nueva reforma fiscal. ¿Quieres saber cómo te afecta?

1.- Deducciones por alquiler.

En principio, en el 2.015 desaparecerá la deducción por alquiler de vivienda habitual, si bien, se prevé un régimen transitorio por el que podrán seguir aplicándola, en los términos establecidos en la actualidad (a un porcentaje del 10,05% con una base máxima de deducción de 9.040 euros hasta bases imponibles de 17.707 euros, decreciendo la base de deducción hasta rentas de 24.107,20 euros) siempre que firme el contrato de arrendamiento en 2014 y pueda aplicársela en la Renta de este mismo año.

Por lo tanto, le beneficiará más empezar a vivir de alquiler en 2014 que esperar a 2015, en cuyo caso ya no podrá aplicar dicho beneficio fiscal.

2.- Planes de pensiones

Desde luego le interesa aportar el límite máximo en este año, aprovechando que puede reducir su base en otros 7.500 euros, con lo que conseguirá un buen ahorro fiscal.

En 2015 los límites en las aportaciones a estos sistemas de previsión social se reducen al 30% de la suma de rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas (desapareciendo el límite relativo incrementado del 50% vigente ahora para mayores de 50 años) y el límite absoluto será, en todo caso, de solo 8.000 euros, salvo que se modifique en la tramitación parlamentaria.

Por lo tanto, interesa agotar el límite de aportaciones en 2.014.

3.- Tipos de ahorro.

Con el nuevo marco legal se rebajan los gravámenes del ahorro para 2015, pero se continuarán rebajando en 2016. Esto significa que los productos de ahorro a largo plazo nos permitirá beneficiarnos de los tipos inferiores que se desarrollarán durante los próximos dos ejercicios.

Desde 2015 los primeros 6.000 euros tributarán al 20%, al 22% hasta 50.000 y al 24% para las cantidades superiores, pero durante 2016 los tipos serán del 19%, 21% y 23% respectivamente.

4.- Plan ahorro a largo plazo

El Gobierno pretende fomentar el ahorro a largo plazo mediante un plan específico. Con él, los ahorradores podrán depositar en un seguro o cuenta hasta un máximo de 5.000 euros al año si mantienen esta inversión durante cinco años.

Solo puede contratarse un plan de este tipo por persona y al hacerlo no se tributará por los intereses. Ahora bien, los tipos de interés puede que no sean lo suficientemente interesantes respecto a la inflación, por lo que conviene analizar muy bien los productos financieros que aparecerán en el mercado, para estudiar su verdadera rentabilidad.

Para que sea una buena apuesta el plan de ahorro a cinco años debe suponer un ahorro mayor a los rendimientos ofrecidos por otros activos que entren en el IRPF.

5.- Bienes adquiridos antes de 1994

La eliminación de los coeficientes de abatimiento, que afectan a todo tipo de bienes, y los de actualización de costes de compra de inmuebles, afectará a los activos comprados antes de 1994 y que siguen en nuestra cartera.

Por ello es previsible que se experimente una gran venta de estos activos de aquí a final de año. Si teníamos pensado vender a corto plazo, puede ser el momento de acelerar el proceso.

6.- Ganancias patrimoniales tributarán en la base del ahorro

Desde 2015 todas las ganancias patrimoniales tributarán en la base del ahorro, que es menor a la base general. Por tanto, si se van a vender fondos o acciones antes de fin de año, es conveniente considerar hacerlo a largo plazo, pues disfrutarán de una tributación inferior a la actual desde el próximo ejercicio.

7.- Se acaba con la exención de 1.500 euros por dividendos

La eliminación de esta exención impulsa nuevas estrategias para esquivar la carga tributaria, siempre que la liquidez inmediata no sea prioritaria. La fórmula pasa por optar por dividendos que sean convertibles en acciones, con el objetivo de demorar la ganancia patrimonial hasta la venta de las mismas.

Los fondos de inversión se muestran más atractivos que la compra de acciones, según el perfil del inversor, pues permite acumular rentabilidad sin tributar por ello hasta que se desee.

 

Estos consejos fiscales serán ampliados en próximos artículos debido al gran número de modificaciones introducidas.


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